30 ene 2016

Emergencia agropecuaria en seis cuencas



La Voz del Interior (30/01/2016)
Córdoba declaró la emergencia agropecuaria en seis cuencas

El gobernador Schiaretti firmó el decreto. Abarca zonas anegadas del sudeste y sur de la provincia. Para tamberos y ganaderos, el plazo se extiende hasta fin de año.
El Gobierno de Córdoba oficializó ayer la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario para los productores afectados por las inundaciones en el sur y sudeste de la provincia. Lo hizo a través del decreto 30, publicado en el Boletín Oficial, que incluye las seis cuencas hídricas que la Comisión de Emergencia Provincial había identificado esta semana como las más perjudicadas por los excesos hídricos.
Se trata de las cuencas del río Carcarañá (que abarca el centro de los departamentos Marcos Juárez y Unión y noroeste del departamento Juárez Celman y el sur de la ruta 2); y los sistemas Vicuña Mackenna, Arroyo Santa Catalina; Canals; Río Quinto (Popopis) y General Roca.
El decreto, firmado por el gobernador Juan Schiaretti y los ministros de Agricultura, Sergio Busso; y Finanzas, Osvaldo Giordano, confirma que este estado de emergencia o desastre se extenderá desde el 1° de enero hasta el 30 de junio del corriente año para productores agrícolas, mientras que para ganaderos y tamberos la medida se extenderá hasta el 31 de diciembre.
Con la formalización del decreto provincial, Córdoba podrá participar el próximo jueves de la reunión de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria en la que se homologará a nivel nacional la medida dispuesta por la Provincia.
Los productores radicados en las zonas declaradas en emergencia tendrán plazo para presentar las declaraciones juradas que constaten los daños hasta el próximo 19 de febrero. El formulario correspondiente debe presentarse luego en la agencia zonal más cercana del Ministerio de Agricultura.

Beneficios impositivos
En los considerandos del decreto provincial, el Gobierno sostiene que la ocurrencia del anegamiento de los suelos producido por lluvias extraordinarias y el deterioro de los caminos rurales que no permitió contar con las condiciones óptimas de transitabilidad incidió desfavorablemente sobre la capacidad productiva de las explotaciones rurales, afectando gravemente su producción, el normal desenvolvimiento del ciclo económico-productivo y la evolución de las actividades agropecuarias de varias zonas de la provincia. El fenómeno climático afectó así el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los productores, para lo cual la Provincia dispuso prorrogar las obligaciones fiscales. Con la homologación del decreto por parte de la Nación, los productores involucrados también tendrán beneficios para el pago de impuestos nacionales.

Prórrogas y exenciones
En ese sentido, los productores agrícolas que demuestren estar en emergencia (una afectación de 50 por ciento o más de sus campos), recibirán una prórroga del pago (sin intereses) del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos, Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural y la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, para las cuotas 01, 02, 03 y 04 del año 2016 en el caso de los que hayan adherido al Cedulón Digital y, 01 y 02 para los que no lo hayan hecho.
Los que se encuentren en desastre (más del 70 por ciento de perjuicio) serán directamente eximidos del pago de estos tributos, además de la parte proporcional de la cuota 50/2016 y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2016.
Los ganaderos y tamberos en emergencia podrán prorrogar el pago de toda la anualidad 2016 del Impuesto Inmobiliario Rural (incluye los fondos específicos), a la vez que los que se constaten en desastre directamente no deben abonarla.
En el caso de que algunos de estos productores eximidos ya hubiesen pagado el Impuesto, la Dirección General de Rentas deberá reembolsárselos, acreditándolos contra futuras obligaciones tributarias.
“Excepcionalmente, la Dirección General de Rentas podrá efectuar la devolución de las sumas ingresadas, en aquellos casos que el sujeto pasible del impuesto no lo fuere por otros inmuebles y/o automotores y los bienes afectados por el siniestro hubieren sufrido destrucción total”, señala el decreto.
La Provincia informó, además, que los productores que sean incluidos en el listado de emergencia o desastre tendrán acceso a los planes de refinanciación de pasivos y a líneas crediticias de bancos oficiales.

¿Qué incluye la medida?
Zonas afectadas. Sur y sudeste de la provincia. Abarca las cuencas del río Carcarañá (que incluye el centro de los departamentos Marcos Juárez y Unión y noroeste del departamento Juárez Celman y el sur de la ruta 2); y los sistemas Vicuña Mackenna, Arroyo Santa Catalina; Canals; río Quinto (Popopis) y General Roca.
Alcance. A productores agrícolas (por un plazo de seis meses), ganaderos y lecheros (un año).
Beneficios. Prórroga del pago del Impuesto Inmobiliario Rural para los productores en emergencia y la eximición del tributo para los productores que demuestren el estado de desastre agropecuario.

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