28 jun 2013

También en Río Cuarto conflicto con una antena telefónica

El Puntal de Río Cuarto (28/06/2013)
Una antena telefónica, en el centro de una pelea judicial


El Municipio ordenó remover la torre pero el fallo fue frenado por el Juzgado Federal. Ahora, Telefónica le reclama al Estado local que acate la sentencia de Ochoa
“La verdad es que nos sentimos desamparados. Nadie nos guía, nadie nos asesora. No sabemos qué hacer”. Paola Acosta es la vecina que está encabezando la movida para que se retire de su barrio la antena que Telefónica Móviles Argentina tiene instalada en Río Pilcomayo 616.
Paola tiene una peluquería y a 100 metros de su casa está la antena. Ella muestra el relevamiento que ha realizado en el barrio y que reveló que se han producido al menos 31 casos de cáncer en los últimos seis años en 150 metros a la redonda de la torre de telecomunicaciones.
Quieren que se haga un estudio de impacto ambiental, que se determine científicamente si las emisiones de esa antena pueden estar afectando la salud de la gente del sector.
“Ahora queremos hablar con el nuevo defensor del Pueblo (Guillermo De Rivas). Pero si no nos ayudan desde la Municipalidad, desde el Gobierno provincial, no podemos luchar solos”, dice Paola.
Esa antena ha provocado una pelea judicial y un cruce de fallos que van en direcciones contrarias. Al medio, los vecinos siguen preocupados.
El 23 de mayo de este año, el Tribunal Administrativo Municipal emitió el fallo 1412, que había generado una esperanza en las familias del sector. En esa sentencia, el tribunal municipal había determinado que la antena que Telefónica Móviles tiene en la calle Río Pilcomayo está en infracción y que, por lo tanto, ese equipo debía dejar de funcionar.
El fundamento central del fallo es que hay dos ordenanzas -la 252/00 y la 1431/07- que establecen que la instalación de transmisión o repetición de señales es de alto impacto ambiental. Por lo tanto, quien pretenda instalar antenas debe presentar estudios de impacto ambiental que certifiquen que la actividad es inocua para la población.
“En este caso, ni la firma Telefónica Comunicaciones Personales S.A. antes ni Telefónica Móviles Argentina S.A. a posteriori, cumplieron con la normativa municipal vigente en la materia, funcionando en consecuencia sin la habilitación o permiso de la Municipalidad de Río Cuarto”, se lee en el fallo. Por lo tanto, el Tribunal determina que el funcionamiento de la antena es ilegal.
“El funcionamiento de la antena con la consiguiente emisión de ondas radioeléctricas sin previo estudio de impacto ambiental constituye un riesgo potencial para los vecinos”, se lee en la sentencia.
Sin embargo, a pesar de esta resolución y de las intimaciones municipales, la antena de Telefónica sigue allí. Es que una sentencia judicial, en este caso del Juzgado Federal de Carlos Ochoa, emitió una medida cautelar que suspende el marco normativo que habilitaba al Municipio a remover la torre de telecomunicaciones. A la vez, el juez Ochoa determinó que la empresa no podra instalar nuevos equipos en la ciudad.
El magistrado plantea que hay dos derechos en pugna: el derecho a la comunicación que tiene todo ciudadano y, por el otro, la potestad que surge del poder de policía o control de salubridad que detenta el Municipio.
“En ese aparente confronte de derechos humanos, debo privilegiar, en esta instancia, el libre acceso a la comunicación que deben tener los habitantes de la localidad de Río Cuarto. En este orden, vale destacar que el artículo 42 de la Constitución Nacional otorga protección a los consumidores y usuarios de bienes y servicios, lo que se trata de un reconocimiento del aspecto social de modernas formas de contratación que se caracterizan por tener como destinatarios los consumidores y usuarios”, dice el fallo del juez federal, que se produjo un día después que el del tribunal municipal.
Con esa sentencia entre manos, Telefónica le reclamó este mes al Municipio que cumpla con la sentencia judicial de Ochoa. Mientras tanto, la antena sobrevive y los vecinos esperan.

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