29 sept 2010

Fijan temporada para la pesca de truchas

La Voz del Interior - Edición Electrónica (29/09/2010)
Fijan temporada para la pesca de truchas en las sierras

Ambiente estableció las fechas de apertura y cierre, los ríos con devolución obligatoria y otros criterios paera la pesca deportiva.
La Secretaría de Ambiente estableció la apertura de la temporada de pesca deportiva de salmones y truchas a partir del mes de octubre y hasta mayo inclusive, en los rios serranos cordobeses que tienen esas especies.
La fecha de apertura y cierre de la temporada está determinada hasta el año 2014. También se detallaron los ríos en donde la pesca se debe hacer con devolución obligatoria y aquellos sitios en los que esté permitido sacrificar una determinada cantidad de piezas.
Teniendo en cuenta una propuesta elaborada por Ambiente y representantes de las diferentes agrupaciones de pesca deportiva, el año pasado se determinó la apertura de temporada para truchas contemplando las siguientes fechas: tanto para la pesca de trucha arco iris como para la de arroyo está establecida la veda de pesca durante junio, julio, agosto y septiembre de cada año. Las fechas fueron consensuadas en base a criterios técnicos, deportivos y turísticos.
En tanto, se encuentra determinada la pesca con devolución obligatoria en los siguientes ríos, arroyos y lagos de la Provincia de Córdoba:

- Río del Medio en el tramo comprendido desde las nacientes hasta la confluencia con el Arroyo El Riachuelo.
- Lago Los Alazanes y río homónimo desde las nacientes del Río Los Alazanes hasta la confluencia con el Arroyo del Plata incluyendo el Dique homónimo.
- Río Los Espinillos con sus afluentes, Ríos Yatán y Corralejos (dentro de la jurisdicción de la Provincia de Córdoba), desde su nacimiento hasta la confluencia con el Arroyo Las Acequiecitas.
- Complejo Río Grande – Complejo Cerro Pelado desde la confluencia de los Ríos Abra de las Cañas y De las Letanías hasta su desembocadura en el lago y toda su cuenca incluido el Río El Durazno y el Arroyo de Los Machos.
- Arroyo Guacha Corral, Arroyo Rodeo de los Caballos y Las Perdicitas, desde su nacientes hasta sus desembocaduras en el Río Quillinzo y toda su cuenca.
- Río San José desde la confluencia con el Río del Sur hasta la confluencia con el Río de La Suela y su cuenca.
- Río San Gregorio (Ávalos) y Río Pintos, desde sus nacientes hasta su confluencia con el Río Quilpo.
- Río Tabaquillo desde sus nacientes hasta la confluencia con el Río San Miguel.
En este marco, los cupos y tamaños máximos de los ejemplares sacrificados por pescador por excursión permitidos para cada especie son:
- Para la Trucha Arco Iris un cupo de tres ejemplares con un tamaño máximo de veinticinco centímetros.
- Para la Trucha de Arroyo un cupo máximo de tres ejemplares con un tamaño máximo de veinticinco centímetros.

En tanto, está vedada durante todo el año la pesca de salmón encerrado, trucha marrón y perca o trucha criolla.
También está prohibida la captura y muerte de dorados existentes en toda la cuenca del Río Tercero (Ctalamochita) por el período de cinco años y la siembra y traslocación de cualquiera de las especies citadas sin la correspondiente autorización de la Secretaría de Ambiente. Lo dorados fueron semnrados a modo de prueba en el último año.

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