20 nov 2009

Lo que se disputa en la ley de bosques

La Voz del Interior (20/11/2009)
Hay 373.394 hectáreas en disputa en la ley de bosques

Es la diferencia que existe entre los proyectos de ambientalistas y productores. Equivale a 6,6 ciudades de Córdoba. La Legislatura sancionaría la norma en 2010.
En la nueva ley de bosques nativos que la Legislatura de Córdoba debe sancionar hay una diferencia de 373.394 hectáreas de tierras sujetas a protección entre las propuestas de ambientalistas y productores. Equivale a la superficie de 6,6 capitales cordobesas. El legislador Marcelo Falo, presidente de la Comisión de Asuntos Ecológicos, estimó que la ley se sancionaría en 2010, más de un año después de lo que prevé la norma nacional.
Además, indicó que el anteproyecto de la Comisión de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (COTBN), integrada por organizaciones ambientalistas e instituciones científicas, será el texto base.
El otro documento fue elaborado por la Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez), productores autoconvocados y especialistas en el tema. En realidad, la Provincia había designado una comisión integrada por dos sectores, pero se disolvió por profundas diferencias.
Cada sector critica al otro porque no cumple con lo que regula la ley nacional 26.331. Esta norma faculta a la provincia a que categoricen sus territorios en tres zonas, según el grado de conservación del bosque nativo y las actividades agropecuarias posibles.
En rojo, sectores con un alto grado de conservación y en donde no se puede realizar ninguna actividad agropecuaria. En amarillo, sectores con mediana conservación que deben recuperarse y en las que se puede realizar actividades sustentables. Y en verde, las áreas cultivables.
Entre los anteproyectos hay diferencias cuanti y cualitativas. Primero, en la definición de lo que es bosque nativo. Para Cartez son los sectores en los que predominan árboles autóctonos maduros. La COTBN incluye a los bosques degradados y fachinales (pastos y arbustos).
"El proyecto de Cartez conduce a profundizar los desmontes. Tiene enormes deficiencias en la construcción de la información geográfica. El concepto de bosque está relativizado a un sistema de árboles y parques", indicó Alicia Barchuk, presidenta de la COTBN.
En tanto, Eliseo Arrarás, productor defensor del otro proyecto, aseguró: "El proyecto de la COTBN incluye en el rojo zonas donde no existe bosque, sino fachinales y peladeros, los cuales ya no pueden recuperarse".
En la categoría amarilla también hay diferencias. "La COTBN tiene una visión clausurista. Pero cerrar un sitio no asegura la recuperación del bosque. Nuestro proyecto dice que lo que está bien no se toca y lo que está crítico hay que recuperarlo y realizar un aprovechamiento sustentable", señaló Arrarás.
La propuesta de Cartez permite realizar silvoganadería y silvoagricultura para ganado y también señala excepciones para desmonte y cambio de uso de suelo, algo que está expresamente prohibido en la iniciativa de la COTBN.

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Propuestas diferentes

COTBN - (Comisión de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos)

Categorías
- Rojo: permite utilizarse como hábitat de comunidades indígenas y para investigación.
- Amarillo: prohíbe el desmonte y el cambio de uso de suelo. Las actividades que se realicen no deben vulnerar la biodiversidad ni los servicios ambientales.
- Verde: las actividades deben proteger la biodiversidad y los servicios ambientales.
Resarcimiento: Compensación anual según categoría y hectáreas para que conserve el bosque.
Autoridad: Secretaría de Ambiente.
Estudios de impacto ambiental: Para cualquier emprendimiento que suponga un cambio de uso de suelo. Son sometidos a una audiencia pública.
Defensa de las márgenes: Se preservan 250 metros en ríos y lagos, y ocho mil metros en salinas.
Plaguicidas: Prohíbe su uso en las zonas roja y amarilla y a hasta 500 metros de ellas.
Emergencia forestal: Declara la emergencia forestal.
Régimen de sanciones: Fija multas de 450 mil a 15 millones de pesos, clausura de emprendimientos y arrestos.

Cartez - (Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona)

Categorías
- Rojo: igual, pero permite realizar un uso sustentable.
- Amarillo: permite realizar un aprovechamiento sostenible (agroforestal, silvoganadería, silvoagricultura para ganado). Hay excepciones para desmonte y cambio de uso de suelo.
- Verde: promueve la formación de cortinas de árboles y bosquetes.
Resarcimiento: Faculta la expropiación por parte del Estado de espacios incluidos en la categoría roja.
Autoridad: Ministerio de Agricultura. Fiscaliza Ambiente.
Estudios de impacto ambiental: En casos de que se trate de una situación "crítica" o de "riesgo". Se excluye cuando se trata de "técnicas y manejos probados".
Defensa de las márgenes: Se preservan 100 metros en ríos, lagos y salinas.
Plaguicidas: Sin especificaciones.
Emergencia forestal: No la declara. Fomenta la reforestación de banquinas y espacios públicos.
Régimen de sanciones: Crea un Tribunal Ambiental dentro del Poder Judicial, el cual puede fijar sanciones.

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