7 mar 2007

Erradicar depósitos químicos

El Puntal de Río Cuarto (07/03/2007)
Darán cinco años de plazo para erradicar depósitos químicos

Un plazo de cinco años tendrán los depósitos de agroquímicos ubicados en pleno ejido urbano para ser trasladados hacia sectores habilitados para tal fin.
Así se desprende de un proyecto de ordenanza que busca regularizar la ubicación de estos lugares de almacenamiento.
La iniciativa en cuestión ingresó en el marco de la adhesión municipal a la Ley de Agroquímicos de Córdoba.
“Hemos presentado dos proyectos en el Concejo. El primero es la adhesión del Municipio a la Ley de Agroquímicos y el segundo la reubicación de los depósitos de agroquímicos”, anticipó ayer a PUNTAL la concejala oficialista Lucía Aliberto.
El texto del proyecto sobre el traslado de los depósitos dice:
- “Otórgase un plazo de cinco años, contado a partir de la fecha de sanción de la presente ordenanza, para que aquellas empresas dedicadas a la comercialización y depósito de agroquímicos ubicadas en sectores de la ciudad no permitidos por la Ordenanza 1096/02 Código de Planeamiento Urbano se trasladen o trasladen sus depósitos a sectores habilitados para tal fin”.
- “Las empresas en esta situación deberán presentar ante la Dirección General de Planeamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, en un plazo no mayor a los noventa días contados a partir de la fecha de sanción de la presente ordenanza, un plan de prevención de accidentes y un plan de contingencias que contemple fundamentalmente la seguridad de las personas, bienes y recursos naturales que se encuentren en un radio no menor de ciento cincuenta metros a la redonda del depósito de agroquímicos”.
- “Las empresas en esta situación deberán dar cumplimiento en todo lo que respecta a condiciones de almacenamiento, condiciones edilicias, condiciones de seguridad, etcétera, en un plazo no mayor a los ciento veinte días contados a partir de la fecha de sanción de la presente ordenanza”.
- “El incumplimiento de lo exigido en la presente ordenanza dará lugar a la clausura de la empresa hasta tanto se cumpla con los mismos o hasta que se concrete su traslado en un todo de acuerdo con la legislación local y provincial”.

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